Obtené beneficios fiscales y financieros por conservar el bosque nativo en la Provincia de Córdoba
El bosque nativo no es solo un patrimonio natural; es un activo que, bajo una gestión técnica profesional, puede generar beneficios directos a través de incentivos estatales y exenciones impositivas.
Si usted posee tierras en Zona Roja o Amarilla según el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, existen herramientas legales diseñadas para retribuir su compromiso con la conservación.
Pagos por Servicios Ambientales (Ley provincial 9814)
La Ley N° 9814 (Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba «Ley de Bosques») establece el marco para la protección de nuestros ecosistemas. Las categorías roja y amarilla, dado su valor ambiental, requieren un aprovechamiento sostenible, compatible con la conservación de los servicios ambientales y la estructura del bosque.
Estos ecosistemas requieren planes de conservación (para categoría roja) y planes de manejo (para categoría amarilla). Con estos documentos, los propietarios pueden acceder a fondos no reintegrables en concepto de Pagos por Servicios Ambientales (PSA)
Rebaja del Impuesto Inmobiliario Rural por monte nativo
La normativa catastral provincial, permite a los propietarios de inmuebles rurales que tengan monte conservado, solicitar una rebaja de hasta el 70% en el Impuesto Inmobiliario Rural. El monto final del beneficio impositivo se determina en función de la cantidad de bosque, su categoría de conservación y su estado de conservación.
Un profesional habilitado debe evaluar el estado de conservación del bosque y remitir las actuaciones a la autoridad de aplicación.
Inscripción de reservas naturales privadas
El Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (Ley N° 6964) fomenta la creación de Reservas Privadas. Esta figura otorga el máximo estatus de protección legal a un predio privado en el territorio provincial, posiciona al establecimiento en un mercado creciente de turismo científico y permite acceder a beneficios provinciales de soporte y asesoramiento técnico.
Preguntas frecuentes
¿En qué casos es obligatorio contar con un Plan de conservación y manejo en Córdoba?
Todas las intervenciones en bosques incluidos dentro de alguna categoría de conservación en la ley vigente requieren planes de manejo sustentable o de conservación. Las actividades permitidas están supeditadas a la categoría de protección del bosque, siendo la categoría roja la más restrictiva.
¿Qué es un plan de conservación?
Es un documento técnico-legal exigido por la Ley Provincial 9814 para aquellos establecimientos que poseen áreas categorizadas como Zona Roja (Categoría I) o Zona Amarilla (Categoría II). El objetivo es garantizar la persistencia del ecosistema a largo plazo mediante una planificación estratégica a 10 años que incluye monitoreo de biodiversidad y mantenimiento del bosque. El plan de conservación tiene una duración mínima de 10 años.
¿Qué es un plan de gestión para áreas naturales protegidas?
Es un documento técnico y legal que explicita las acciones a seguir para mantener inalterados los valores de conservación que inicialmente motivaron la inclusión de un predio como Reserva Natural Privada. Implica la caracterización y el diagnóstico del área y su entorno, los objetivos de conservación y las líneas de acción para llevarlos a cabo. También se exige una cartografía detallada del área y los usos permitidos en los distintos sectores de la propiedad. Tiene una duración mínima de 10 años.
¿Qué compromisos asumo al iniciar un plan a 10 años?
El propietario se compromete a mantener la integridad del bosque, a ejecutar el plan presentado y aprobado, a informar debidamente las modificaciones del plan original y a presentar informes de estado anuales. Por nuestra parte, como responsables técnicos, asumimos el compromiso de supervisar que las metas de conservación se cumplan según el cronograma aprobado, actuando como nexo técnico ante la autoridad ambiental durante toda el periodo de vigencia del plan. Cualquiera de las partes puede romper la relación en cualquier momento, con la única condición de informar dicho cambio a la Secretaría de Ambiente. El plan no puede quedar sin responsable técnico durante su período de vigencia.
Si presento un Plan de Conservación, ¿pierdo la posibilidad de producir en mi campo?
No, la Ley de Bosques permite planificar y ejecutar una serie de actividades de acuerdo a la categoría de protección del bosque.
¿Cómo obtengo la rebaja del 70% en el Impuesto Inmobiliario Rural?
La exención es un beneficio fiscal para quienes destinan áreas a la conservación. Para acceder, es indispensable contar con una Certificación Técnica de Bosque Nativo realizada por un profesional habilitado. Este documento valida ante la autoridad de aplicación que la superficie declarada cumple con las condiciones ecológicas exigidas por la ley.
IMPORTANTE: el monto final del beneficio surge de la evaluación legal y técnica realizada por Rentas y la Secretaría de Ambiente.
Es obligatorio contar con profesionales colegiados e incriptos en el registro provincial
Sí. La Secretaría de Ambiente solo admite actuaciones de profesionales debidamente matriculados e inscriptos en el Registro Temático de Profesionales ambientales. Es su derecho exigir las credenciales del profesional, ya que esto garantiza que la documentación técnica cumple con los estándares científicos y legales necesarios.
